División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficioNº15249
26 de octubre de 2023
DJ-1673
Señora
Sandra Mora Muñoz
Auditora
MUNICIPALIDAD DE JIMÉNEZ
correo electrónico: smora@munijimenez.go.cr
Estimada señora:
Asunto: Se solicita dar seguimiento a las acciones de recuperación que realice la
Administración respecto a la responsabilidad civil declarada por la Contraloría General en el
procedimiento administrativo n° CGR-PA-CGR-PA-2022007084.
Mediante oficio n.° 15240-2023 (DJ-1668) del 26 de octubre de 2023, esta Contraloría
General trasladó a la Municipalidad de Jiménez, las gestiones de cobro de la responsabilidad civil
declarada por el órgano contralor en el procedimiento administrativo n.° CGR-PA-2022007084,
seguido -entre otros- en contra de la ex servidora de esa entidad, la señora Paula Mariela
Fernández Fallas, cédula n.° 303800912 en el cual se determinó responsabilidad civil, más los
intereses respectivos hasta su efectivo pago.
En ese sentido, se le dispuso a la señora Alcaldesa Municipal y al señor Vicealcalde Municipal
de dicha corporación, proceder con las acciones administrativas o judiciales que en derecho
correspondan para la recuperación de dicha suma, como parte de lo cual se le requirió remitir en el
plazo de un mes calendario -específicamente el 27 de noviembre de 2023-, un informe detallado con
indicación de las acciones realizadas y las pendientes de llevar a cabo, dirigidas a la recuperación de
la suma antes mencionada.
Con fundamento en lo anterior, se le solicita a esa Auditoría Interna, en el marco de su ámbito
funcional de competencias, dar seguimiento a las acciones que vaya realizando la Administración
sobre el particular.
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
mailto:smora@munijimenez.go.cr
http://www.cgr.go.cr/
División Jurídica
2
Atentamente,
María Jesús Induni Vizcaíno
Órgano Decisor
Joha ...
Fecha publicación: 30/10/2023
Fecha emisión: 26/10/2023
Institución: MUNICIPALIDAD DE JIMENEZ
Emite: División Jurídica
Tipo documental: OFICIO TRASALADO A LA ADMINISTRACION
Proceso: COMUNICACION- SEGUIMIENTO DE LA SANCION
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio N° 15240
26 de octubre de 2023
DJ- 1668
Señora
Lissette Fernández Quirós
Alcaldesa Municipal
Señor
Luis Mario Portuguez Solano
Vicealcalde Municipal
Municipalidad de Jiménez
correo electrónico: vicealcaldia@munijimenez.go.cr / alcaldia@munijimenez.go.cr
Estimados señores:
Asunto: Traslado de las gestiones de cobro de la responsabilidad civil declarada por la
Contraloría General en el procedimiento administrativo n.° CGR-PA-2022007084.
Esta Contraloría General tramitó el procedimiento administrativo n.° CGR-PA-2022007084,
en el cual figuraron como partes investigadas Lissette Fernández Quirós, cédula n.° 302680501
y Paula Mariela Fernández Fallas, cédula n.° 303800912.
Dentro de dicho procedimiento se dictó el acto final que corresponde a la resolución n.°
12398-2023 (DJ-1394) del 12 de setiembre de 2023, en la cual en su parte dispositiva -en lo
conducente- señala:
“ SE RESUELVE: (...) V.- Declarar responsabilidad civil de Paula Mariela Fernández
Fallas, cédula n.° 303800912 en grado de culpa grave por los hechos intimados y
acreditados, por la suma de ¢9,985,094.17 (nueve millones novecientos ochenta y
cinco mil noventa y cuatro colones con diecisiete céntimos). Dicho monto deberá
reintegrarse a la Municipalidad de Jiménez, una vez que adquiera firmeza la presente
resolución; caso contrario, devengará intereses hasta su efectivo pago, de
conformidad con el artículo 1163 del Código Civil. VI.- Contra esta resolución son
oponibles los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán
presentarse ante esta División Jurídica dentro del quinto día hábil contado a partir del
día siguiente a su notificación y, serán resueltos, respectivamente, por esta División y
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
mailto:vicealcaldia@munijimenez.go.cr
mailto:alcaldia@munijim ...
Fecha publicación: 30/10/2023
Fecha emisión: 26/10/2023
Institución: MUNICIPALIDAD DE JIMENEZ
Emite: División Jurídica
Tipo documental: OFICIO TRASALADO A LA ADMINISTRACION
Proceso: COMUNICACION- SEGUIMIENTO DE LA SANCION
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA SERVICIOS GUBERNAMENTALES
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Máster Dora Orozco Sánchez
-2-
16 de enero, 2004
Al contestar refiérase al oficio Nº 404
16 de enero, 2004
FOE-GU-17
Máster
Dora Orozco Sánchez
Oficial Presupuestal
Departamento Financiero
Mnisterio De Trabajo Y Seguridad Social
Estimada señora:
Asunto: Respuesta a oficio DF-001-2004, relacionado con visado de factura a nombre del señor Ulises Villegas Castillo.
Mediante su nota DF-001-2004 manifiesta que a pesar de que la factura electrónica Nro. 190004029, por concepto de diferencias de pensión, a nombre del señor Ulises Villegas Castillo (amparada a la resolución administrativa Nro. 072-2003) se visó, ese nombre aparece en el listado de documentos devueltos sin aprobación, según los términos del oficio 14924 de 17 de diciembre de 2003, emitido por esta Área de Fiscalización; de ahí que solicita una aclaración para definir lo pertinente con respecto al pago en cuestión.
Sobre el particular se le comunica lo siguiente:
Con base en la documentación adjunta a su oficio, se ha realizado un nuevo análisis del caso a la luz del lineamiento dado por la Procuraduría General de la República en el pronunciamiento C-367-2003 del 20 de noviembre de 2003 (en el cual se respaldó esta Oficina para no visar las facturas electrónicas y devolver las resoluciones administrativas incluidas en el oficio 14924 supracitado), determinándose lo siguiente.
El pronunciamiento C-367-2003 señala que las gestiones para reclamar diferencias o mensualidades de pensión no pagadas, presentadas antes del 3 de marzo de 1999 –fecha en que la Sala Constitucional votó la resolución Nro. 01584-99 -, deben ser analizadas y resueltas en sede administrativa de conformidad con los criterios vigentes a esa fecha, referidos en concreto al plazo de prescripción civil aplicable (artículo 870 del Código Civil ...
Fecha publicación: 17/01/2004
Fecha emisión: 14/01/2004
Institución: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: ATENCION DE REQUERIMIENTOS EXTERNOS DE INFORMACION
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA SERVICIOS GUBERNAMENTALES
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Licda. Patricia Soto González
-2-
16 de enero, 2004
Al contestar refiérase al oficio Nº 395
16 de enero, 2004
FOE-GU-16
Licenciada
Patricia Soto González
Directora
División Jurídica
Ministerio De Educación Pública
Estimada señora:
Asunto: Respuesta a oficio DASE-8542-2003.
Con el oficio Nro. 13679 del 25 de noviembre de 2003 se devolvieron sin visado las facturas Nros. 1900071778, 1900071782 y 1900071784, como consecuencia de que el “por tanto” de las resoluciones administrativas que las amparaban, correspondía, en cada caso, a una persona diferente de aquella a favor de la cual había sido emitido el documento original.
Ante tal situación el Lic. Ricardo Mora Cooper, abogado de la División a su cargo, señala mediante el oficio Nro. DASE-8542-2003, que las medidas precautorias tomadas por esa instancia al manipular las resoluciones administrativas son de tal naturaleza que garantizan en todos los casos una compaginación correcta. Asimismo, agrega que la responsabilidad por los problemas de compaginación detectados en las susodichas resoluciones eventualmente podrían originarse en la Dirección Financiera del Ministerio de Educación.
En relación con este caso, el oficio Nro 13679 señala que errores de este tipo evidencian fallas en el sistema de control interno de la entidad, las cuales deben ser corregidas con prontitud para asegurar la buena marcha institucional; asimismo, el referido oficio ordena la apertura de un procedimiento administrativo que permita identificar a los funcionarios responsables de lo actuado y la posterior aplicación del Régimen de Responsabilidad previsto por la normativa vigente. Por lo anterior, no resulta procedente la recomendación o sugerencia contenida en el oficio DASE-8542-03 para que esta Contral ...
Fecha publicación: 16/01/2004
Fecha emisión: 13/01/2004
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: OTROS
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA SERVICIOS GUBERNAMENTALES
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
DEPARTAMENTO GOBIERNO PRESUPUESTOS
Sr. Patricia Soto González
-3-
19-1-2004
Al contestar refiérase al
oficio Nº 424
19 de enero, 2004
FOE-GU-0021
Licenciada
Patricia Soto González
Directora
División Jurídica
Ministerio De Educación Pública
Estimada señora:
Asunto: Respuesta a oficio DASE-8485-2003, relacionado con la resolución administrativa No. 946-2003.
Mediante el oficio DASE-8485-2003, suscrito por el Lic. Luis Guillermo Cornejo Rojas, abogado de la División a su cargo, se cuestionan las razones con base en las cuales esta Área de Fiscalización devolvió sin visado la factura electrónica No. 1900066662 por concepto de servicios de transporte de estudiantes prestados por el interesado durante julio, agosto, setiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2002.
Al respecto se le comunica lo siguiente:
En el oficio Nro. 13658 (FOE-GU-0581) del 25 de noviembre de 2003, se indican los motivos que impidieron visar la referida factura electrónica. Tales motivos tienen su asidero en el estudio realizado en su oportunidad a la copia certificada de la resolución administrativa Nro. 946-2003, remitida por la Dirección Financiera del Ministerio de Educación Pública, y los mismos son:
1. Que el referido servicio se prestó con base en un contrato ilegítimo, por lo que la única posibilidad de pagarlo era acudir a la vía de la indemnización, lo que implicaba una rebaja de un 10%, por concepto de lucro o utilidad, de la suma irregularmente pactada.
2. Que paralelamente debía hacerse una relación de hechos sobre lo acontecido y ordenarse la apertura de un procedimiento administrativo, cuyo propósito consistía en determinar si lo actuado configuraba situaciones que riñeran con el Régimen de Responsabilidad previsto legal y reglamentariamente, lo que permitiría ...
Fecha publicación: 10/01/2004
Fecha emisión: 07/01/2004
Institución: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: OTROS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios gubernamentales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios gubernamentales
MBA. Marco Tulio Sandoval P.
4
18/12/2003
Al contestar refiérase al oficio Nº 15165
18 de diciembre, 2003
FOE-GU-0674
Máster
Marco Tulio Sandoval Picado
Jefe Unidad de Recursos Financieros
Ministerio De Salud
Estimado señor:
Asunto:
Devolución sin visado de facturas por concepto de reconocimiento de
intereses.
Por las razones que motivan este oficio se devuelven sin el visado correspondiente facturas electrónicas procesadas mediante el Sistema Integral de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF), por concepto de reconocimiento de intereses, originados en pagos a destiempo por parte de la Administración. Las facturas en cuestión están a nombre de las personas que se encuentran en el listado adjunto.
Seguidamente se procede al análisis de las principales situaciones atinentes a estos casos.
Los documentos presentados corresponden al reconocimiento de intereses originados en supuestos atrasos en el pago de derechos laborales por parte del Ministerio de Salud; sin embargo, no se indican las diferentes tasas de interés con base en las cuales se determinaron las sumas respectivas, señalándose sobre este particular solamente que el cálculo se hizo de acuerdo con la tasa de interés de los certificados de depósito a seis meses, plazo definido por el Banco Nacional en cada periodo. No está demás agregar, en relación con el punto comentado, que para propósitos de visado, entre otras cosas, es necesario contar con toda la información que sustenta los pagos que la Administración pretende hacer, pues de otra manera, no se puede hacer el estudio de los documentos.
Téngase en cuenta que los fondos públicos están sujetos a un régimen de administración financiera; esto implica no solo la participación de diversas instancias en el trámite de pago, sino también el obligado cumplimiento de todos ...
Fecha publicación: 21/12/2003
Fecha emisión: 18/12/2003
Institución: MINISTERIO DE SALUD
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios gubernamentales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios gubernamentales
Lic. Eugenio Meoño R.
3
17/12/2003
Al contestar refiérase al oficio Nº 15003
17 de diciembre, 2003
FOE-GU-0663
Licenciado
Eugenio Meoño Rodríguez
Oficial Presupuestal
Ministerio de Agricultura y Ganadería
Estimado señor:
Asunto:
Devolución sin visado de factura por concepto de reconocimiento de intereses.
Se ha procedido a devolver en el Sistema Integral de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF), la factura electrónica No. 1900002419, a nombre del señor Leopoldo Pixley Sinclair, la cual se encuentra amparada a la resolución administrativa No. DM-763-03, emitida con la finalidad de reconocer intereses, originados en un pago a destiempo por parte de la Administración.
Lo anterior, por cuanto de conformidad con lo que señala el texto resolutivo, se reconocen intereses originados en supuestos atrasos en el pago de derechos laborales por parte del Ministerio de Agricultura y Ganadería; sin embargo, no se indican las diferentes tasas de interés con base en las cuales se determinó el monto por pagar, indicándose sobre este particular solamente que el cálculo se hizo de acuerdo con la tasa de interés de los certificados de depósito a seis meses, plazo definido por el Banco Nacional en cada periodo. No está demás agregar, en relación con el punto comentado, que para propósitos de visado, entre otras cosas, es necesario contar con toda la información que sustenta el pago que la Administración pretende hacer, pues de otra manera, no se puede hacer el estudio de los documentos.
Por otra parte, en el caso bajo examen se reconocen intereses a partir de la fecha en que se produjo la supresión del puesto. No obstante, para efectos de reconocimientos de esta naturaleza debe existir, por un lado, un reclamo fundamentado de parte del interesado, y por otro, si se acepta el derecho que avala ...
Fecha publicación: 20/12/2003
Fecha emisión: 17/12/2003
Institución: MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios gubernamentales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios gubernamentales
Máster Marco Tulio Sandoval Picado
2
16 de diciembre, 2003
Al contestar refiérase al oficio Nº 14915
16 de diciembre, 2003
FOE-GU-0655
Máster
Marco Tulio Sandoval Picado
Jefe Unidad de Recursos Financieros
Ministerio de Salud
Estimado señor:
Asunto:
Devolución sin visado de factura por concepto de reconocimiento de intereses.
Se ha procedido a devolver en el Sistema Integral de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF), la factura electrónica Nro. 1900019167, a nombre del señor Guillermo Morales Núñez, la cual se encuentra amparada a la resolución administrativa Nro. DM-Y-998-03, emitida con la finalidad de reconocer intereses, originados en un pago a destiempo por parte de la Administración.
Lo anterior, por cuanto de conformidad con lo que señala el texto resolutivo, se reconocen intereses originados en supuestos atrasos en el pago de derechos laborales por parte del Ministerio de Salud; sin embargo, no se indican las diferentes tasas de interés con base en las cuales se determinó el monto por pagar, indicándose sobre este particular solamente que el cálculo se hizo de acuerdo con la tasa de interés de los certificados de depósito a seis meses, plazo definido por el Banco Nacional en cada periodo. No está demás agregar, en relación con el punto comentado, que para propósitos de visado, entre otras cosas, es necesario contar con toda la información que sustenta el pago que la Administración pretende hacer, pues de otra manera, no se puede hacer el estudio de los documentos.
Por otra parte, en el caso bajo examen se reconocen intereses a partir de la fecha en que se produjo el cese de un nombramiento por finalizar el nombramiento interino. No obstante, para efectos de reconocimientos de esta naturaleza debe existir, por un lado, un reclamo fundamentado de parte del interesado, y ...
Fecha publicación: 19/12/2003
Fecha emisión: 16/12/2003
Institución: MINISTERIO DE SALUD
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: MANEJO DE CORRESPONDENCIA DE LA UNIDAD
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Gubernamentales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Servicios Gubernamentales
Lic. Rogelio Ramos Martínez
-5-
24 de octubre, 2003
Al contestar refiérase
al oficio Nº 11896
24 de octubre, 2003
FOE-GU-0496
Licenciado
Rogelio Ramos Martínez
Ministro
Ministerio de Seguridad Pública
Estimado señor:
Asunto: Retención de la factura electrónica N° 1900002498 emitida para cancelar gastos por publicidad a la empresa Representaciones Televisivas REPRETEL S.A.
Para su conocimiento se informa la retención de la factura electrónica N° 1900002498 registrada en el Sistema Integrado de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF), amparada a la resolución administrativa N° 180-2003 D. M., la cual fue remitida a esta Contraloría General por el Director Financiero del Ministerio de Seguridad Pública, adjunta al oficio 00541-03 D.F.C., a nombre de Representaciones Televisivas REPRETEL S.A., en adelante REPRETEL S.A., por un monto de ¢11.641.873.00, con cargo a la subpartida presupuestaria 609-Indemnizaciones, por concepto de transmisión de cuñas publicitarias. Lo anterior por cuanto dicho compromiso a cancelar en el año 2002, no fue aprobado por este Órgano Contralor, al no ajustarse a los objetivos y metas del registro contable N° 08-109-02-112, contenido en la Ley N° 8050 de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República, para el ejercicio económico 2001.
Esta retención se presenta debido a una serie de actuaciones efectuadas por el Ministerio de Seguridad Pública, que seguidamente se comentan.
1.
Por medio del oficio N° 2063-2001 DM, del 9 de octubre de 2001, el señor Ministro de Seguridad Pública, le solicita a la Directora General de Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda la aprobación para trasladar la suma de ¢32.000.000.00, de la subpartida 174-Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo, correspondiente al programa 109-02-Segurida ...
Fecha publicación: 25/10/2003
Fecha emisión: 22/10/2003
Institución: MINISTERIO DE SEGURIDAD PUBLICA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: OTROS
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios gubernamentales
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios gubernamentales
Máster Marco Tulio Sandoval Picado
3
09/10/2003
Al contestar refiérase al oficio Nº 11290
9 de octubre, 2003
FOE-GU-0469
Máster
Marco Tulio Sandoval Picado
Jefe Unidad de Recursos Financieros
Ministerio de Salud
Estimado señor:
Asunto:
Devolución sin visado de facturas por concepto de reconocimiento de intereses
Por las razones que motivan este oficio se devuelven sin el visado correspondiente las facturas electrónicas procesadas mediante el Sistema Integral de Gestión de la Administración Financiera (SIGAF), por concepto de reconocimiento de intereses, originados en pagos a destiempo por parte de la Administración. Las facturas en cuestión están a nombre de las siguientes personas:
Nombre
Nro. Factura electrónica
Nro.Resolución administrativa
Nydia Alfaro Ávila
1900013240
DM-Y-312-03
Elda Zamora Barquero
1900013154
DM-Y-310-03
Rodrigo Ruiz Quirós
1900013184
DM-F-377-03
Leyla Garro Valverde
1900014958
DM-EC-6134-02
Lupita Sánchez González
1900013176
DM-Y-126-03
Olger González Montoya
1900013177
DM-F-361-02
Se procede seguidamente al análisis de las principales situaciones atinentes a estos casos.
Los documentos presentados corresponden al reconocimiento de intereses originados en supuestos atrasos en el pago de derechos laborales por parte del Ministerio de Salud; sin embargo, no se indican las diferentes tasas de interés con base en las cuales se determinaron las sumas respectivas, señalándose sobre este particular solamente que el cálculo se hizo de acuerdo con la tasa de interés de los certificados de depósito a seis meses, plazo definido por el Banco Nacional en cada periodo. No está demás agregar, en relación con el punto comentado, que para propósitos de visado, entre otras cosas, es necesario contar con toda la información que sustenta los pagos que la Administración prete ...
Fecha publicación: 12/10/2003
Fecha emisión: 09/10/2003
Institución: MINISTERIO DE SALUD
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: FACTURAS
Proceso: OTROS